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Sistema de adhesión: compromiso, acuerdo de colaboración y certificado
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Sistema de adhesión: compromiso, acuerdo de colaboración y certificado

Para que una empresa se adhiera a la Carta Europea de Turismo Sostenible tiene que asumir una serie de compromisos en dos niveles:

  1. La empresa tiene que haber implantado ya algunas actuaciones de sostenibilidad. Antes de poder firmar el Acuerdo de Colaboración y recibir el Certificado de Adhesión, la empresa tiene que haber implantado algunas actuaciones de sostenibilidad, como mínimo aquellas que están señaladas como básicas en el Anexo 2 del presente Sistema. De esta forma, el sistema asegura que las empresas adheridas han asumido ya un compromiso mínimo de partida con la sostenibilidad y con el espacio natural protegido. Estas actuaciones señaladas como básicas en el Anexo 2, pueden haber sido implantadas previamente por las empresas o pueden implantarlas durante el proceso de adhesión, como consecuencia de la formación o asistencia técnica que reciban para la implantación del Sistema. A nivel de espacio natural protegido se podrán definir actuaciones básicas adicionales a las empresas. Estas actuaciones tendrán que ser acordadas por el Foro de Turismo Sostenible.
  2. La empresa deberá definir durante el proceso de Adhesión un Programa de Actuaciones para los próximos tres años. La empresa tendrá que definir un Programa de Actuaciones que se compromete a desarrollar en los próximos tres años, siguiendo las especificaciones que se detallan a continuación. El Programa de Actuaciones es el documento en el que se recogen las actuaciones que la empresa turística se compromete voluntariamente a desarrollar durante los tres años siguientes al de su adhesión para avanzar en la aplicación de los principios de la Carta Europea de Turismo Sostenible. Supone estrechar su colaboración con el espacio natural protegido y el resto de actores locales, mejorar la sostenibilidad de su negocio y ajustar cada vez más su oferta al espacio. Es fundamental que este documento incluya el plazo de tiempo previsto para la ejecución de las actuaciones e indicadores que permitan cada cierto tiempo evaluar la evolución de la empresa en su cumplimiento.

El espacio natural protegido podrá definir cuáles son las actuaciones adicionales que las empresas podrán proponer en su Programa de Actuaciones, teniendo en cuenta su estrategia de turismo sostenible, y cómo estrechar la relación entre la empresa y el espacio natural protegido, y siempre sobre la base del cumplimiento de las actuaciones consideradas como básicas.

En el Anexo 4 del presente documento se incluye el modelo de Programa de Actuaciones que tendrá que presentar la empresa al espacio natural protegido en el que se recoge la siguiente información:

  1. Los datos de la empresa, una breve descripción de la empresa y las actividades turísticas que desarrolla.
  2. Las acciones que ya está llevando a cabo a favor del turismo sostenible, es decir, un diagnóstico de la situación de partida de la empresa con respecto a las exigencias de la CETS.
  3. Las actuaciones básicas que no aún no han sido implantadas en el momento de la adhesión por factores ajenos a ella; pero que no constituyen un motivo de no acreditación, a condición de que se implanten lo antes posible.
  4. Las acciones que de forma voluntaria y en función de su situación (sus fuerzas y recursos) se compromete a realizar para adherirse al Sistema.
  5. Los indicadores correspondientes que demuestren el cumplimiento de las acciones.
  6. Un calendario de ejecución de las acciones a realizar para los próximos 3 años.
  7. Declaración del cumplimiento de los requisitos de adhesión, que incluyen los requisitos de acceso y los compromisos adicionales durante los próximos tres años.
  8. Documentación adicional que debe aportar el empresario (fotocopia de licencia de actividad, del registro como empresa turística, etcétera).

Para elaborar el Programa de Actuaciones las empresas turísticas contarán con las siguientes herramientas:

  1. La Guía para la Adhesión de las empresas Turísticas a la Carta Europea de Turismo Sostenible (EUROPARC-España, 2010), que sirve también como documento de trabajo explicativo del Listado de Chequeo.
  2. El Listado de Chequeo para la Autoevaluación elaborado para la Guía de Adhesión que consiste en un listado indicativo de actuaciones con las instrucciones para su utilización, que servirá a la empresa para:
    1. Identificar las actuaciones que ya viene desarrollando.
    2. Identificar aquellos ámbitos que debería mejorar, en los que no realiza ninguna actuación de las recomendadas.
    3. Seleccionar las actuaciones que se compromete a hacer en los próximos tres años, su plazo de ejecución y su indicador de resultados.
  3. El modelo de Programa de Actuaciones que tendría que rellenar para enviarlo al espacio natural protegido, que contendrá toda la información necesaria para que sirva como solicitud de adhesión.

Tanto la Guía de Adhesión como el Listado de chequeo para la autoevaluación, están estructurados en tres bloques de medidas:

  1. Mejorar su oferta y su conexión con el espacio natural protegido.
  2. Mejorar su comportamiento ambiental.
  3. Apoyar el desarrollo local y la conservación del patrimonio.

Para poder adherirse a la CETS, la empresa deberá seleccionar un mínimo de tres actuaciones en cada bloque, que no haya desarrollado hasta el momento y que se compromete a implantar durante los próximos tres años.

Cuando la empresa turística esté certificada por alguna entidad acreditada, con alguno de los sistemas de gestión ambiental o de calidad que se mencionan a continuación, podrán tener cubiertas algunas de las actuaciones requeridas.

Si están acreditadas con un sistema de gestión de la calidad podrán tener cubiertas algunas actuaciones del bloque 1, aquellas referidas a la mejora de la calidad del establecimiento:

  1. La Q del Sistema de Calidad Turística Española.
  2. Sistema de Gestión de la Calidad según la Norma ISO 9001.

Si están certificadas con un sistema de gestión ambiental podrán tener cubiertas las actuaciones del bloque 2 y el compromiso de mejora continua en este ámbito:

  1. Etiqueta Ecológica Europea para alojamientos turísticos
  2. Sistema de Gestión Ambiental conforme a la Norma ISO 14001
  3. Sistema de Gestión Ambiental conforme al Reglamento EMAS

También podrán tener cubiertas algunas de las actuaciones requeridas las empresas que estén certificadas con un sistema de calidad o gestión ambiental regional, y que estén avalados por una entidad acreditada, como es el caso de la Marca Parque Natural de Andalucía.

Compromisos adicionales de las empresas

Además de los compromisos voluntarios, durante los tres años de vigencia de la adhesión a la CETS, la empresa ha de comprometerse a:

  1. Formar parte del Foro de Turismo Sostenible creado en el ENP en el marco de la CETS, como miembro directo y con una participación activa.
  2. Facilitar al espacio natural protegido la información que éste requiera para poder evaluar el grado de cumplimiento del Programa de Actuaciones durante los tres años de vigencia.

El presente Sistema establece unos mínimos que aseguren solidez y fiabilidad a la adhesión de las empresas turísticas a la CETS en todo el Estado español, si bien, será responsabilidad del espacio natural protegido fijar requisitos opcionales en función de sus características y su estrategia de turismo sostenible, nunca por debajo de los aquí descritos, y teniendo en cuenta al mismo tiempo, la situación particular de cada empresa.

El Acuerdo de Colaboración

El Acuerdo de Colaboración es un documento negociado y firmado por la autoridad del espacio natural protegido (administración ambiental) y por la empresa turística que se adhiere a la CETS, en el que se identifican los compromisos que cada parte asume durante los tres años siguientes, con el fin de estrechar su colaboración y mejorar la sostenibilidad del turismo en el espacio natural protegido.

Este documento, conforme al modelo recogido en el Anexo 5, contendrá:

  1. Los objetivos y principios de la CETS.
  2. La identificación de la empresa turística y el espacio natural protegido acreditado, firmantes del acuerdo.
  3. Los compromisos que asume la empresa turística.
  4. Los compromisos que asume el espacio natural protegido.
  5. Las condiciones de uso del logo de la CETS.
  6. Fecha de la firma y periodo de vigencia.
  7. El anexo con el logo de la CETS en los cuatro idiomas oficiales de la Carta.

El Certificado de Adhesión

El Certificado de Adhesión es el documento expedido por la autoridad del espacio natural protegido que certifica que una empresa turística está adherida a la Carta Europea de Turismo Sostenible, y que como tal se distingue como colaborador del espacio natural protegido, y por su apuesta firme por la sostenibilidad. Este certificado tendrá el mismo periodo de vigencia que el Acuerdo de Colaboración. En el Anexo 6 del presente documento se recoge el modelo de Certificado de Adhesión.

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