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Turismo sostenible: el enfoque del sistema de adhesión
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Turismo sostenible: el enfoque del sistema de adhesión

El Sistema de Adhesión de las empresas turísticas a la Carta Europea de Turismo Sostenible tiene el siguiente enfoque:

  1. Basado en un acuerdo voluntario entre el gestor del parque acreditado y cada empresario, establecido sobre los ejes del turismo sostenible (económico, social y ambiental) y los principios de la Carta Europea de Turismo Sostenible.
  2. Cumple las exigencias que la Federación EUROPARC establece en el texto oficial de la Sección II de la Carta Europea de Turismo Sostenible, para que pueda ser validado y reconocido por esta entidad, que es la gestora y garante de la Carta Europea de Turismo Sostenible.
  3. Tiene en cuenta el principio de subsidiariedad, de forma que establece un marco común para todo el Estado español, permitiendo a su vez cierta adaptación en función de las particularidades de cada uno de los espacios naturales protegidos acreditados.
  4. Voluntario, ágil y de fácil gestión.
  5. Realista y ejecutable por los propios empresarios.
  6. Con un contenido sólido, fiable, que permite la trazabilidad y el seguimiento por cada espacio natural protegido acreditado y por la Administración turística.
  7. No se trata de un sistema de certificación normalizado al uso (Q, EMAS, ISO).
  8. Integra a modo de paraguas las marcas de calidad, sistemas de gestión ambiental y ecoetiquetas reconocidas ya existentes.
  9. Su objetivo es motivar a los empresarios hacia la sostenibilidad de su oferta turística y a la colaboración con el parque acreditado.
  10. Persigue que los empresarios, que voluntariamente se adhieran, desarrollen medidas para hacer más sostenibles sus negocios, y se sientan verdaderamente distinguidos por la Carta Europea de Turismo Sostenible, apreciando así sus beneficios.
  11. Cuenta con la participación de los actores implicados, incluida la Administración turística debido a sus competencias y por su especial relación con los empresarios de turismo, en su diseño, contraste, futura implantación y difusión.
  12. En el marco de un espacio acreditado con la CETS y, por tanto, un destino donde debe asegurarse la sostenibilidad, el Sistema ha de servir para conocer y diferenciar cuáles son las empresas que apuestan por este modelo.

Los objetivos del sistema son:

  1. Fomentar una estrecha colaboración entre los gestores de los espacios naturales protegidos acreditados con la CETS y las empresas turísticas, basada en sólidos compromisos mutuos para avanzar hacia un turismo más sostenible.
  2. Diferenciar a las empresas de turismo por su compromiso voluntario con el desarrollo turístico sostenible del espacio protegido en el que operan, ayudándolas desde todas las administraciones públicas implicadas a mejorar continuamente la sostenibilidad de sus negocios.

Ámbito territorial de aplicación del sistema de adhesión

Los espacios naturales protegidos adheridos a la Carta Europea de Turismo Sostenible en el territorio del Estado español.

En cada espacio natural protegido el territorio de aplicación coincidirá con el territorio de aplicación de la CETS que haya sido establecido por el espacio en su Dossier de Candidatura, si bien, como establece el texto oficial de la Sección II de la CETS aprobado por la Federación EUROPARC, podrán hacerse excepciones si el espacio protegido lo considera relevante para su estrategia de turismo sostenible.

Responsabilidad y funciones de las diferentes administraciones y entidades implicadas

A continuación, se identifican las diferentes entidades y administraciones implicadas en la implantación del Sistema de Adhesión de las empresas turísticas a la Carta Europea de Turismo Sostenible, y las funciones y responsabilidades que asumen cada una:

  1. EUROPARC-España:
    1. Entidad garante del sistema y de su cumplimiento en España.
    2. Facilitar la documentación necesaria a los espacios naturales protegidos interesados en poner en marcha el Sistema.
    3. Responsable de la coordinación, seguimiento y difusión de la evolución del Sistema en España.
    4. Facilitar el contacto entre la Federación EUROPARC y los espacios naturales protegidos españoles.
    5. Incluir en su página web el listado de empresas turísticas adheridas a la Carta Europea de Turismo Sostenible en España.
  2. Secretaría General de Turismo:
    1. Apoyo técnico y económico para poner en marcha el sistema a nivel nacional.
    2. Apoyo técnico y económico para proporcionar parte de los beneficios que se ofrecerán a las empresas adheridas (ayuda para crear productos turísticos, formación, promoción específica, asistencia a los espacios protegidos acreditados con la CETS para la verificación de las empresas adheridas).
  3. Administraciones turísticas autonómicas y provinciales:
    1. Podrán proporcionar beneficios a las empresas adheridas (por ejemplo: formación, promoción, financiación de acciones para la mejora de sus negocios) a través de sus líneas de subvención e intervención pública en sus territorios.
  4. Administraciones ambientales y espacios naturales protegidos:
    1. Son los responsables de la aplicación y el seguimiento del Sistema en su territorio. De manera específica, son responsables de realizar un seguimiento del cumplimiento de los compromisos por parte de las empresas, así como de mantener informado a EUROPARC-España de la evolución de la adhesión de empresas a la CETS en su territorio (nuevas adhesiones, renovaciones, empresas que ya no están adheridas y los motivos, cumplimiento de los compromisos del parque y de las empresas, etcétera).
    2. Deben determinar, sobre una base común de compromisos a nivel estatal establecida en este Sistema, las características de las relaciones especiales (compromisos) que establecerán y mantendrán con las empresas adheridas.
    3. Deciden en última instancia qué empresas cumplen las condiciones para adherirse a la CETS, firman el Acuerdo de Colaboración con la empresa y hacen entrega del Certificado de Adhesión.
    4. Llevarán un registro de las empresas turísticas adheridas en su territorio y enviarán a EUROPARC-España la información sobre las empresas adheridas.
    5. Son los responsables de desarrollar las tareas del proceso de adhesión.
  5. Empresas turísticas adheridas:
    1. Son destinatarias del sistema y beneficiarias del mismo.
    2. Deben cumplir lo establecido en el Sistema para poder adherirse a la CETS.
  6. Grupos de Desarrollo Rural o equivalentes y sus redes de cooperación:
    1. Cooperar con el espacio natural protegido, apoyando a las empresas turísticas y a los Foros de Turismo Sostenible en la aplicación del Sistema (facilitar apoyos formativos y técnicos en cada territorio dependiendo de la relación con el resto de administraciones, discriminación positiva y promoción de las empresas adheridas).
  7. Foros de turismo sostenible:
    1. Participar en la aplicación, mantenimiento y seguimiento del Sistema de Adhesión en su territorio de actuación, en los apoyos al espacio natural protegido y a las empresas adheridas y en la visibilidad de las adhesiones en sus territorios.

Validez de la adhesión

El Certificado de Adhesión tendrá una validez de tres años desde la firma del Acuerdo de Colaboración, según se establece en el texto oficial de la Sección II de la CETS aprobado por la Federación EUROPARC.

Si en el transcurso de esos tres años el espacio natural protegido no renueva su adhesión a la CETS, la empresa podrá mantener su adhesión (con todos los compromisos y beneficios que ello conlleva) hasta finalizar el periodo de validez del Acuerdo de Colaboración y el Certificado de Adhesión, si bien, no le será posible renovar su adhesión por otros tres años, puesto que sólo un espacio natural protegido que esté acreditado puede a su vez acreditar empresas con la CETS.

Si en el transcurso de los tres años, el espacio natural protegido tiene evidencias objetivas de que la empresa no está cumpliendo con sus compromisos, podrá invalidar la adhesión de la empresa a la CETS y retirarle el Certificado.

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