En los mercados financieros existen distintas convenciones sobre diversos aspectos cuyo objetivo es tratar de homogeneizar criterios para los diferentes intervinientes. La transparencia y claridad fomenta el buen funcionamiento y la eficiencia de los mercados financieros.
En los mercados financieros se realizan la fijación del tipo de interés para las operaciones por adelantado (al inicio del periodo) o al final del periodo; siendo la primera opción la más común.
A la hora de realizar el cálculo de intereses ¿cómo se define un año? Normalmente el tipo de interés (tasa de interés) viene expresada de forma anualizada. Por lo tanto, hay que buscar la forma de transformar los días en forma de fracciones de año.
Así pues, en los mercados financieros coexisten convenciones en relación a las bases utilizadas. Éstas convenciones son acuerdos respecto al número de días que tiene el año. La duración de un año natural no tiene por qué ser igual a la de un año financiero, dependerá del criterio (convención) acordado.
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Cotización (precio o tipo) |
Capitalización |
Depósito |
Tipo |
Simple |
Letras Tesoro |
Tipo |
Simple |
Simultánea |
Tipo |
Simple |
Deuda |
Precio |
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Ex cupón |
Compuesta |
Act/Act |
IRS |
Tipo |
Compuesta |
Las convenciones establecen claramente la metodología a seguir a la hora de retrasar o adelantar los pagos o cobros de los compromisos financieros adquiridos cuando el día natural de pago/cobro cae en un día festivo.
A la hora de realizar los cálculos de las liquidaciones de los productos financieros también nos encontramos con varios criterios a seguir que deben especificarse. Nos referimos al ajuste o no de las fechas a la hora de calcular la liquidación a pagar o percibir.
En operaciones de importes elevados como son las que se realizan entre entidades financieras, las diferencias de incluir en un periodo un día o dos más son muy importantes.
En un mundo globalizado como el que vivimos donde los mercados financieros están interconectados a un solo click y donde las operaciones bilaterales se pueden dar con intervinientes de cualquier parte del planeta; se considera que la fijación de un calendario común, o al menos la fijación de unas normas para los días festivos es una medida necesaria y dota de seguridad a los mercados.
En este sentido las partes integrantes de un contrato bilateral marcan en dicho contrato el calendario a seguir de forma detallada. (Ver contrato documentación adjunta). Así en el caso de que cualquier evento de la operación financiera firmada (fijación de tipo de interés, pago / cobro de intereses, pago de cupón…) se diese en festivo; quede claro el modo a proceder.
En Europa se ha adoptado un calendario común de festivos denominado TARGET. Es común que una operación se pacte el seguimiento de varios calendarios.
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