By Blog de CEUPE on Lunes, 05 Marzo 2018
Category: FINANZAS

El sistema bancario en España y Europa

“La independencia de los bancos centrales es debida a la necesidad de que el objetivo inflacionista del banco central tenga credibilidad. En la formación de los precios ocupan un papel fundamental las expectativas de los individuos. Si éstos confían en la orientación de la política monetaria hacia el mantenimiento de la estabilidad de precios, ésta será más fácilmente alcanzable.”

El Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) está compuesto por el Banco Central Europeo (BCE) con personalidad jurídica propia y los Bancos Centrales Nacionales (BCN) de cada uno de los estados miembros. Ni el BCE ni los bancos centrales nacionales podrán aceptar instrucciones de las instituciones comunitarias (Parlamento Europeo, Comisión Europea) ni de los gobiernos de los estados miembros.

La definición y el funcionamiento de los siguientes órganos rectores del Banco Central Europeo (BCE) vienen determinados por el Tratado de la Unión Europea, por los Estatutos del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC) y por los reglamentos internos del BCE:

Las funciones del Banco Central Europeo son:

El Eurosistema lo componen el BCE y los 19 Bancos Centrales Nacionales de la zona del euro (los once países inicialmente incorporados: Alemania, Austria, Bélgica, España, Francia, Finlandia, Irlanda, Italia, Luxemburgo, Países Bajos y Portugal además de otros países de fuera de la Unión Europea: Mónaco, San Marino y Ciudad del Vaticano, que adoptaron la moneda a través de acuerdos que mantenían con países de la UE: con Francia en el caso de Mónaco y con Italia en el caso de San Marino y Ciudad del Vaticano. Posteriormente entraron en el euro: Grecia, Eslovenia, Chipre, Malta, Eslovaquia, Estonia, Letonia y Lituania).

El Banco de España tiene los siguientes órganos de gobierno:

Puede cesar por:

Las Funciones del Banco de España:
  1. Funciones como miembro del Sistema Europeo de Bancos Centrales (SEBC)
  1. Funciones como banco central nacional

Tienen obligación de declarar a la Central de Información de Riesgos (C.I.R.) mensual­mente, las siguientes entidades:

  1. Banco de España
  2. Entidades de crédito españolas
  3. Las sucursales en España de las entidades de crédito extranjeras
  4. Los fondos de Garantía de Depósitos
  5. Las Sociedades de Garantía Recíproca y de Reafianzamiento
  6. La Sociedad de Gestión de Activos Procedentes de la Reestructuración Bancaria (SA­REB)

La política monetaria es el conjunto de actuaciones de la autoridad monetaria dirigidas a controlar las variaciones en la cantidad o en el coste del dinero, con el fin de alcanzar ciertos objetivos de carácter macroeconómico. La Unión Económica y Monetaria (UEM) es el área formada por el conjunto de países, dentro de la Unión Europea, que comparten un mismo mercado, y una misma moneda, el euro, y donde se ejecuta una política monetaria única. Puede lograr:

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