FINANZAS

Posibles contingencias financieras

Se incluyen aquí determinadas partidas que, pueden tener reflejo en el balance o no de la sociedad, pero que pueden añadir o detraer valor de la empresa, y que están relacionadas con contingencias que pueden afectar monetariamente a la sociedad en el futuro de dos maneras: o produciendo mayores ingresos o menores gastos (añaden valor a la sociedad) o producen mayores gastos o salidas de caja o reducen los ingresos (quitan valor a la sociedad).

Algunas de estas contingencias son las siguientes:

  1. Futuras subvenciones: subvenciones previstas de solicitar, subvenciones solicitadas, pero no concedidas o subvenciones concedidas pero cuya resolución aún no es firme. En los dos primeros casos no suele tener reflejo contable, pero, si son a fondo perdido, serán ingresos futuros de la misma por lo que, en consecuencia, añaden valor a la sociedad. En el último caso, sí que suelen tener reflejo contable, pero puede producirse un menor ingreso de la subvención o incluso su no concesión cuando la resolución sea firme. En consecuencia, el valorador deberá mantener conversaciones con la Dirección de la empresa sobre si tienen pensado concurrir para obtener subvenciones, si cumplen los requisitos para solicitar subvenciones, si han solicitado ya subvenciones y en qué fase del procedimiento se encuentran y el estado administrativo de los procedimientos de las subvenciones obtenidas. En todos los casos, el valorador deberá obtener información sobre el importe de las referidas subvenciones (estimado o real, de las convocadas y de las previstas) y el cumplimiento de requisitos y la posibilidad real de obtenerlas o no, para determinar el valor que añaden las mismas al valor empresa.
  2. Resultados de litigios. Efecto dinerario de las provisiones de la empresa: El valorador debe tener conocimiento de los litigios en los que se encuentra inmersa la sociedad y sus posibles repercusiones en la caja futura de la misma. De los litigios en los que sea parte de la sociedad se pueden producir decisiones de los tribunales que supongan un perjuicio económico: sentencia que obligue a la empresa a realizar un pago, una medida cautelar que imponga presentar un aval, etc. Aunque también otros litigios pueden suponer un beneficio económico: una sentencia que obligue a un tercero a realizar un pago a la empresa o que se anule una medida cautelar que imponga presentar un aval, etc. Además, los anteriores riesgos pueden estar provisionados en su totalidad o en parte o no provisionados, por lo que su repercusión económica en la caja de la sociedad dependerá de todos estos factores.

Los litigios que se deben tener en cuenta son todos aquellos que tienen efecto económico para la compañía ya sean civiles (responsabilidad civil contractual o extracontractual), penal (también responsabilidad civil derivada de un delito), laboral (pagos de indemnizaciones por despido), tributarias (liquidaciones de impuestos en investigación por la Agencia Tributaria), mercantil (exigencia de responsabilidades de antiguos socios o administradores), etc, siempre que tengan un efecto económico, positivo o negativo, para la compañía.

Las repercusiones económicas positivas o negativas que puedan tener en la compañía deben ser estimadas por el valorador en base a consideraciones manifestadas por la Dirección que se deben basar en la experiencia histórica y no deben estar cubiertas por los seguros de responsabilidad civil de la compañía.

En consecuencia, se deberán tener en cuenta todos los litigios, sus repercusiones positivas o negativas en la caja de la empresa y la existencia o no de provisiones en relación con los mismos, para valorar el efecto en su conjunto de todos ellos en la caja futura de la compañía y valorar su impacto en el valor de la empresa, ajustando su valor en base a estos cálculos.

  1. Fianzas: Se deben tener en cuenta las fianzas depositadas por la empresa y valorarlas según su posibilidad de recuperación y el importe estimado a recuperar. Dicho valor se sumará al valor del negocio para el cálculo del valor empresa.
  2. Bases imponibles negativas y otros activos y pasivos por impuestos diferidos: Tal y como se explicó en el apartado dedicado al impuesto sobre sociedades, las empresas pueden contar con deducciones pendientes de aplicación o con bases imponibles negativas pendientes de aplicar y que supondrán un menor pago de impuestos o incluso el suprimir el pago de impuestos durante un determinado número de ejercicios. En consecuencia, estas bases imponibles negativas añaden valor a la sociedad.

Asimismo, aunque los activos por impuestos diferidos generados por las bases imponibles negativas pueden no estar contabilizados por los motivos que se indicaron en el apartado dedicado al impuesto de sociedades, dichos activos puede que existan. Por tanto, el valorador deberá confirmar con la Dirección de la compañía su existencia o no y estimar si deben ser incluidas en la valoración y cuál es el valor que añaden dichas bases imponibles negativas al valor de la empresa.

De esta manera, el valor de las Bases imponibles negativas que se añadirá al valor del negocio de la compañía calculado mediante el descuento de flujos de caja y otros ajustes será el valor actual de los flujos de caja generados por las BINS aplicando, con carácter general, la tasa de descuento que se aplique en el ejercicio de valoración.

Además de las bases imponibles negativas, otros activos por impuestos diferidos que añaden valor a la empresa son los siguientes:

  1. Deducciones: deducciones a las que se tiene derecho y que se encuentran pendientes de aplicación. Su efecto se puede calcular de dos formas: o reduciendo el tipo de gravamen que se aplica en el cálculo de los flujos de caja o calculando el valor actual de los flujos de caja generados por dichas deducciones como ajuste al valor del negocio de la empresa para así calcular el valor empresa.
  2. Amortización del fondo de comercio y de activos intangibles: en determinados casos la amortización del fondo de comercio es un gasto deducible del impuesto sobre sociedades que genera un menor pago de impuestos. En consecuencia, el mayor valor de la empresa generado por el efecto fiscal de la amortización del fondo de comercio se puede calcular o bien teniendo en cuenta dicha amortización en el cálculo de los flujos de caja libre de cada ejercicio o bien calculando el valor actual de los flujos de caja generados por ese menor pago de impuestos cada ejercicio como ajuste al valor del negocio de la empresa para así calcular el valor empresa. Igual ocurriría con el escudo fiscal que genera la amortización de los activos intangibles.

El principal pasivo por impuesto diferido que se debe tener en cuenta al calcular el valor de la empresa es el generado por las plusvalías estimadas por la venta o enajenación de activos previstas en el plan de negocio, las cuales generarán unos flujos de caja negativos en los ejercicios en los que se prevean que se van a materializar dichas enajenaciones, debiendo calcularse el valor actual de dichos flujos de caja negativos para restar valor al valor empresa.